• Deja sin efecto la Resolución de 22 de septiembre de 2021
  • Obligatoriedad de comunicar a la DGD competiciones y eventos según el Anexo 1
  • Cada entidad que realice actividades deportivas debe contar con un Coordinador Covid
  • El uso de mascarilla para deportistas es obligatorio en gimnasios y espacios cerrados similares. En pabellones, antes y después de la realización de la actividad, pero no durante el desarrollo del mismo. Al aire libre es recomendable.
  • Para el público es obligatorio en instalaciones cubiertas, mientras que en instalaciones al aire libre será obligatoria cuando los asistentes estén de pie o, estando sentados, no puedan respetar la distancia de seguridad de, al menos, 1,5 metros entre personas, salvo para grupos de convivientes. Permitiéndose un aforo del 100%.

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